Toscanos en Argentina
Desde 1810, año de su independencia, Argentina ha aplicado una política de incentivos a la inmigración, aunque no fue hasta 1876 cuando se aprobó la primera legislación orgánica en la materia.
La Ley núm. 817 sobre Inmigración y Asentamiento creó, con algunos artículos en su capítulo primero, la Dirección General de Inmigración que, entre sus cometidos, tenía el de "exigir a los capitanes de los buques que transporten emigrantes las listas de éstos, sus pasaportes documentos y demás información que pueda ser necesaria" y, por tanto, llevar un registro numérico en el que anotar, por orden cronológico, la llegada de cada emigrante, su nombre, apellidos, edad, sexo, nacionalidad, estado civil, religión, profesión, si sabe leer y escribir, lugar de origen y lugar de destino".
Desde entonces, aunque ha habido algunas variaciones en los criterios de recogida de datos sobre cada inmigrante, las estadísticas del fenómeno han tenido continuidad en el tiempo. Incluso la definición de inmigrante se ha mantenido sustancialmente estable: "a los efectos de esta ley, debe ser considerado inmigrante todo extranjero, jornalero, artesano, industrial, agricultor profesional, que, siendo menor de 60 años y acreditando buena conducta y capacidad, llegue a la Argentina para radicarse en ella, en vapor o velero -y, con el correr de las décadas, también en avión-, abonando pasaje de segunda o tercera clase, o con pasaje pagado por el Estado o las provincias o empresas privadas de inmigración y colonización".
El CEMLA-Centro de estudios migratorios latinoamericanos de Buenos Aires está utilizando esta fuente excepcional para crear una base de datos sobre todos los inmigrantes italianos en Argentina.
La Ley núm. 817 sobre Inmigración y Asentamiento creó, con algunos artículos en su capítulo primero, la Dirección General de Inmigración que, entre sus cometidos, tenía el de "exigir a los capitanes de los buques que transporten emigrantes las listas de éstos, sus pasaportes documentos y demás información que pueda ser necesaria" y, por tanto, llevar un registro numérico en el que anotar, por orden cronológico, la llegada de cada emigrante, su nombre, apellidos, edad, sexo, nacionalidad, estado civil, religión, profesión, si sabe leer y escribir, lugar de origen y lugar de destino".
Desde entonces, aunque ha habido algunas variaciones en los criterios de recogida de datos sobre cada inmigrante, las estadísticas del fenómeno han tenido continuidad en el tiempo. Incluso la definición de inmigrante se ha mantenido sustancialmente estable: "a los efectos de esta ley, debe ser considerado inmigrante todo extranjero, jornalero, artesano, industrial, agricultor profesional, que, siendo menor de 60 años y acreditando buena conducta y capacidad, llegue a la Argentina para radicarse en ella, en vapor o velero -y, con el correr de las décadas, también en avión-, abonando pasaje de segunda o tercera clase, o con pasaje pagado por el Estado o las provincias o empresas privadas de inmigración y colonización".
El CEMLA-Centro de estudios migratorios latinoamericanos de Buenos Aires está utilizando esta fuente excepcional para crear una base de datos sobre todos los inmigrantes italianos en Argentina.
La Fundación Cresci ha adquirido del CEMLA la lista de toscanos que desembarcaron en Argentina entre 1906 y 1952, en la que a veces puede haber errores de registro (consecuentemente señalados en la transcripción actual) sobre todo de apellidos extranjeros.